Viernes 25 de Abril de 2025

31/07/2024

AFIP y CNV dieron a conocer las opciones de inversión para blanquear capitales y no pagar costos

Fuente: telam

Entre otras alternativas, el régimen de regularización de activos permite realizar determinadas inversiones autorizadas para evitar el pagar alícuotas. Una por una, cuáles son

>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Ministerio de Economía informaron este miércoles cuales son las alternativas que disponen los contribuyentes para que el blanqueo sea sin costo, tras la aprobación del paquete fiscal.

También será sin costo cuando los fondos declarados, sin importar el monto, se destinen al pago del impuesto especial o a alguna de las inversiones autorizadas por la reglamentación.

“Este beneficio se mantendrá aun cuando se registren cambios en las inversiones dentro de las opciones admitidas, siempre que se mantengan los fondos y/o los valores negociables, y/o en el caso de efectivo, por tiempo limitado, en las cuentas especiales de regularización y/o cuentas comitentes especiales de regularización”, señaló la AFIP.

Por otro lado, organismo recaudador facilitó la adhesión al blanqueo permitiendo ingresar al programa incluso a quienes tienen su CUIT con limitaciones por determinados incumplimientos como “Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes”, “Falta de Presentación de Declaración Jurada”, “Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada” o “incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico”, en los términos de la Resolución General N° 3.832 y sus modificatorias”.

La manifestación de adhesión al blanqueo podrá efectuarse hasta el 31 de marzo de 2025. El blanqueo dirige tanto a los residentes como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso. Cuánto antes de adhiera al régimen mejores son las condiciones:

    El procedimiento consiste en, primero, manifestar la adhesión. Por ejemplo, para la primera etapa la manifestación de la adhesión es hasta el 30 de septiembre, y el pago anticipado del 75% si corresponde impuesto. Y después, hasta en la primera etapa, hasta el 30 de noviembre, se presenta la declaración jurada. Esa declaración jurada recién va a estar disponible después del cierre de cada etapa de adhesión.

    Fuente: telam

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